Una encuesta reciente otorga a la Biblioteca Basalt una calificación de aprobación de 80%+. Las estadísticas de uso anual recientes son:
El mantenimiento y el crecimiento de los servicios bibliotecarios en el futuro requerirán financiación adicional.
– podemos lograrlo –
El Distrito de la Biblioteca Regional de Basalt liquidará su deuda de construcción un año antes, en 2025. Una propuesta electoral en noviembre solicitará a los votantes que consideren una EXTENSIÓN DE 1.08 MILLS DE LA TASA de estos fondos para apoyar las operaciones y el mantenimiento a largo plazo de la Biblioteca de Basalt. Una extensión de 1.08 mills seguirá costando a los contribuyentes $67 al año por cada...
$1 millones del valor actual de la vivienda.
La biblioteca presta sus servicios a personas de todas las edades y provenientes de todos los estratos sociales, proporcionando acceso a la comunidad. Para mantener una continuidad de servicios, la biblioteca requiere financiación a largo plazo.
La biblioteca podría reducir su personal, servicios, recursos y horas de operación, desempeñándose sin estos fondos.
SIN AUMENTAR LA TASA IMPOSITIVA, ¿DEBERÍAN EXTENDERSE LOS IMPUESTOS A LA PROPIEDAD DEL DISTRITO DE LA BIBLIOTECA REGIONAL DE BASALT PARA MANTENER LA APROBACIÓN DE LOS VOTANTES DE 2006 QUE VENCE A LA TASA ACTUALMENTE IMPUESTA DE 1,08 MILLS PARA: (i) FINANCIAR ADECUADAMENTE EL MANTENIMIENTO CONTINUO DE LAS INSTALACIONES DE LA BIBLIOTECA; (ii) PROPORCIONAR LA FINANCIACIÓN NECESARIA PARA RETENER AL PERSONAL Y MANTENER/AMPLIAR EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA; (iii) FINANCIAR ADECUADAMENTE EL ACCESO DE LA COMUNIDAD A LIBROS, INTERNET, INFORMACIÓN Y PROGRAMAS; (iv) MEJORAR LA BÚSQUEDA DE EMPLEO Y EL APOYO CON LAS TAREAS? Y (v) APOYAR OTROS SERVICIOS Y PROGRAMAS BIBLIOTECARIOS ESENCIALES A TRAVÉS DE UN IMPUESTO PERMANENTE SOBRE LA PROPIEDAD QUE PRODUZCA $782,000 EN INGRESOS FISCALES EN EL AÑO CALENDARIO 2025 Y LO QUE SE GENERE CADA AÑO DESPUÉS DE LA TASA EXTENDIDA DE 1.08 MILLS PARA DEPÓSITO EN EL FONDO GENERAL DEL DISTRITO, PARA CONSTITUIR UN CAMBIO DE INGRESOS APROBADO POR LOS VOTANTES BAJO EL ARTÍCULO X, SECCIÓN 20 DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL?
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